Qué es una fianza de licencia y permiso
Una fianza de licencia y permiso es la fianza que una ciudad, un condado o una agencia del estado exige antes de emitir o mantener una licencia o un permiso. El glosario del Departamento de Seguros de California define la fianza (surety bond) como aquella en la que la fiadora acuerda responder al beneficiario por el incumplimiento del principal. El mismo glosario define al beneficiario como la persona que la fianza protege y al principal como la persona cuya obligación garantiza la fianza. El Código Civil, sección 2787, es la promesa de fondo: el fiador responde por el incumplimiento de otro. Los tres puestos están en la página de fianza.
No es la fianza de propuesta de ese glosario, y no es responsabilidad civil general. La suma penal no es una prima. Cualquier cifra en dólares es la que la agencia imprime en su ley o en su formulario. Esta página no agrega un número. La fianza de licencia de contratista de CSLB es una fianza de licencia, en su propia página. Las instrucciones del CDI listan fianzas que el Código de Seguros exige, incluida la del corredor de líneas excedentes bajo la sección 1765.
Miscelánea, en el habla diaria, nombra este grupo que no es de contrato. El seguro misceláneo del CDI es otra clase: la sección 120 del Código de Seguros. Esa clase no es una fianza de licencia. El expediente empieza en fianzas.
Preguntas
¿Quién fija el monto de una fianza de licencia o permiso?
La agencia pública que exige la fianza. La cifra de su ley o de su formulario es la suma penal. Esta página no agrega un monto en dólares.
¿Una fianza de licencia es lo mismo que la responsabilidad civil?
No. El CDI define la fianza como la promesa de la fiadora de responder al beneficiario por el incumplimiento del principal. Eso no es una póliza de responsabilidad, y la suma penal no es una prima.
¿La fianza de contratista de CSLB es una de estas fianzas?
Sí. Es una fianza de licencia, con su propia página de glosario. El beneficiario y las reglas de presentación son de CSLB. Lea esa página para el estatuto.
¿Qué quiere decir miscelánea aquí?
A veces se dice fianzas misceláneas para las fianzas que no son de contrato, como las de licencia y permiso. El seguro misceláneo del CDI, sección 120 del Código de Seguros, es otra clase. No es una fianza de licencia.
Fuentes
- Glosario del CDI, fianzas (insurance.ca.gov, revisado el 14 de octubre de 2026). Fianza, beneficiario, principal y fianza de propuesta. El seguro misceláneo de ese glosario es la sección 120 del Código de Seguros, otra clase.
- Código Civil, sección 2787. El fiador promete responder por el incumplimiento de otro.
- Código de Seguros, sección 120. Seguro misceláneo. No es una fianza de licencia.
- Instrucciones del CDI para fianzas exigidas a ciertos solicitantes de licencia (revisadas en abril de 2017). Lista fianzas de licencia que exige el Código de Seguros, incluida la del corredor de líneas excedentes bajo la sección 1765.
Relacionado: Glosario · Fianzas · Fianza · Fianza de licencia de contratista · This page in English.
